Comentario de la disposición final novena de la Ley 6/2023, de 17 de marzo, de los mercados de valores y servicios de inversión, por la que se modifica la Ley 22/2014, de 12 de noviembre

Nº 2 / 2023 - abril-junio

Comentario de la disposición final novena de la Ley 6/2023, de 17 de marzo, de los mercados de valores y servicios de inversión, por la que se modifica la Ley 22/2014, de 12 de noviembre

Carmen Rojo Manzaneda
Universidad de Granada

Resumen:

Mediante la Disposición final novena de la Ley 6/2023, de 17 de marzo, de los Mercados de Valores y Servicios de Inversión (publicado en el Boletín Oficial del Estado núm. 66, de 18 de marzo de 2023, páginas 40706 a 40956, y que entrará en vigor a los veinte días de la citada publicación) se procede a la modificación de la Ley 22/2014, de 12 de noviembre. A través del siguiente comentario se proceden a analizar cómo afectan estos cambios dirigidos a la mejora de la competitividad del sector, así como a seguir avanzando en la trasposición de directivas y en la adaptación a la normativa europea en la regulación del régimen jurídico de las entidades de capital-riesgo, de otras entidades de inversión colectiva de tipo cerrado y de las sociedades gestoras de entidades de inversión de tipo cerrado.

Palabras claves: Sociedades gestoras de entidades de inversión colectiva de tipo cerrado, entidades de capitalriesgo, Ley 22/2014, de 12 de noviembre, Ley 6/2023, de 17 de marzo de los Mercados de valores y Servicios de Inversión.