Nº 1 / 2021 - enero-marzo
Crowdfunding financiero en la Unión Europea: el Reglamento (UE) 2020/1503 relativo a los proveedores europeos de servicios de financiación participativa para empresas
Carmen Estevan de Quesada
Universidad de Valencia
Resumen:
La creciente importancia económica de la financiación participativa desde los inicios del presente siglo, junto con los potenciales problemas jurídicos que estas operaciones pueden plantear, determinaron que un buen número de países las regularan desde mediados de la segunda década del siglo XXI ante la inicial pasividad normativa de la
Unión Europea. A la vista de la progresiva fragmentación regulatoria nacional que se estaba produciendo en la Unión y de las reclamaciones de la doctrina, autoridades
e industria para una homogeneización regulatoria a nivel europeo, la Comisión presentó finalmente una Propuesta de Reglamento sobre la materia en 2018. Este artículo analiza el significado y contenido de la norma finalmente aprobada: el Reglamento 2020/1503 que se aplicará a partir del 10 de noviembre de 2021.
Palabras claves: crowdfunding financiero, préstamos, inversión, financiación participativa, regulación, Unión Europea.
DIRECCIÓN REVISTA ESPAÑOLA DE CAPITAL RIESGO
Prof. Dr. D. Rafael Marimón
Catedrático de Derecho Mercantil
Universidad de Valencia
Catedrático de Derecho Mercantil
Universidad de Valencia
DIRECCIÓN BOLETÍN DE ACTUALIDAD DEL MERCADO ESPAÑOL DE CAPITAL RIESGO
Sr. D. Miguel Recondo
Instituto de Capital Riesgo (INCARI)
Instituto de Capital Riesgo (INCARI)