Nº 2 / 2024 - abril - junio
La inversión por entidades de capital riesgo y otras entidades de inversión colectiva en el sector asegurador
Jaime Sánchez Santiago
Harvard Law School/ Collège d’Europe
Francisco de León Miranda
Simmons & Simmons
Paloma Sánchez-Fayos
Simmons & Simmons (Madrid)
Resumen:
En los últimos años se ha producido un interés creciente por parte de entidades de capital riesgo y otras entidades de inversión colectiva en la inversión en entidades aseguradoras, multiplicándose los ejemplos de este tipo de inversiones en Estados Unidos y, en menor escala, en Europa. Este interés ha conllevado también una creciente atención de las autoridades de supervisión por este tipo de inversiones.
El propósito de este trabajo consiste en analizar la forma en que diversas normas, así como ciertos actos de las autoridades de supervisión comunitaria (AESPJ) y española (DGSFP) pueden incidir, en la práctica, en las operaciones de inversión de diversos tipos de instituciones de inversión colectiva en el sector asegurador.
Si bien no forma parte del objeto central de este trabajo, también nos referimos en él al régimen de las inversiones por entidades aseguradoras y los fondos de pensiones españoles, exclusivamente en lo que se refiere a su inversión, en entidades de capital riesgo y otras entidades de inversión colectiva de tipo cerrado (régimen que, en el caso de las entidades aseguradoras, viene delimitado por normas comunitarias; mientras que en el caso de los fondos de pensiones españoles se establece en normas nacionales).
Palabras claves: AESPJ; DGSFP; NAIC; entidades de capital riesgo; entidades de inversión colectiva; Solvencia II; LOSSEAR; ROSSEAR; TRLPFP; RPFP
DIRECCIÓN REVISTA ESPAÑOLA DE CAPITAL RIESGO
Prof. Dr. D. Rafael Marimón
Catedrático de Derecho Mercantil
Universidad de Valencia
Catedrático de Derecho Mercantil
Universidad de Valencia
DIRECCIÓN BOLETÍN DE ACTUALIDAD DEL MERCADO ESPAÑOL DE CAPITAL RIESGO
Sr. D. Miguel Recondo
Instituto de Capital Riesgo (INCARI)
Instituto de Capital Riesgo (INCARI)