La protección del inversor no experimentado en operaciones de “crowdlending” en la normativa europea y nacional tras la Ley 18/2022, de 28 de septiembre, de creación y crecimiento de empresas

Nº 3 / 2023 - julio-septiembre

La protección del inversor no experimentado en operaciones de “crowdlending” en la normativa europea y nacional tras la Ley 18/2022, de 28 de septiembre, de creación y crecimiento de empresas

Salvador San Onofre Fernández
Sirera y Saval Abogados

Resumen:

Tras una breve aproximación al fenómeno del crowdlending, como fuente de financiación alternativa a la bancaria –y, por tanto, de interés para todo interesado en el capital riesgo–, así como a los actores intervinientes en el mercado de los servicios de financiación participativa, el presente trabajo tiene por finalidad analizar el sistema de protección del inversor no experimentado regulado en la legislación
comunitaria y nacional, basado en tres elementos que refuerzan la confianza en el mercado y en sus operadores: la transparencia, la información y la publicidad.

Palabras claves: Crowdlending, plataforma de financiación participativa, inversor no experimentado, sistema de protección, deberes de información, transparencia, publicidad.