Nº 3 / 2019 - julio-septiembre
La protección del socio minoritario por insuficiencia de reparto de dividendos en las Sociedades de Capital-Riesgo no cotizadas tras el “nuevo” art. 348 bis LSC: alcance y problemática actual
Isabel Rodríguez Martínez
Universidad CEU Cardenal Herrera
Resumen:
La Ley 11/2018 modifica el controvertido art. 348 bis LSC por el que se reconoce el derecho del socio minoritario a separarse de la sociedad ante la falta o insuficiencia de reparto de dividendos mínimos. En concreto, este derecho es reconocido como mecanismo de defensa del socio minoritario frente a retenciones abusivas de patrimonio en determinadas sociedades de capital, como sucede con las sociedades anónimas no cotizadas.
El alcance e incidencia de las novedades introducidas en el reformado precepto es el objeto de estudio de este trabajo que analiza, con un enfoque retrospectivo, el contenido y trascendencia del derecho de separación del socio minoritario por falta de distribución de dividendo mínimo y su ejercicio en el seno de la sociedad de capital riesgo no cotizadas.
Palabras claves: sociedad de capital-riesgo, no cotizada, socio minoritario, derecho de separación, falta de distribución de dividendos.
DIRECCIÓN REVISTA ESPAÑOLA DE CAPITAL RIESGO
Prof. Dr. D. Rafael Marimón
Catedrático de Derecho Mercantil
Universidad de Valencia
Catedrático de Derecho Mercantil
Universidad de Valencia
DIRECCIÓN BOLETÍN DE ACTUALIDAD DEL MERCADO ESPAÑOL DE CAPITAL RIESGO
Sr. D. Miguel Recondo
Instituto de Capital Riesgo (INCARI)
Instituto de Capital Riesgo (INCARI)