Nº 2 / 2015 - abril-junio
Las entidades de capital riesgo Pyme según la Ley 22/2014, de 12 de noviembre, de Capital-Riesgo
Francisco R. Aldavero
Araoz & Rueda Abogados
Vicente Paramio
Araoz & Rueda Abogados
Resumen:
El pasado 14 de noviembre de 2014 entró en vigor la Ley 22/2014, de 12 de noviembre, por la que se regulan las entidades de capital-riesgo, otras entidades de inversión colectiva de tipo cerrado y las sociedades gestoras de entidades de inversión colectiva de tipo cerrado y por la que se modifica la Ley 35/2003, de 4 de noviembre, de Instituciones de Inversión Colectiva (la “LEY ECR”).
La nueva figura introducida por la LEY ECR, las llamadas entidades de capital riesgo pyme (“ECR PYME”), permitirá la mejora en el acceso a la financiación de las pequeñas y medianas empresas con elevado potencial de crecimiento y expansión, sobre todo en las fases más tempranas de desarrollo que tienden a representar uno de los principales puntos de inflexión para su supervivencia en el mercado, corrigiendo así el desequilibrio propiciado por la derogada Ley 25/2005, de 24 de noviembre, reguladora de las entidades de capital-riesgo y sus sociedades gestoras, que favoreció las operaciones apalancadas y el private equity, dejando en un segundo plano al venture capital.
Palabras claves: PYME, ECR PYME, Instituciones de Inversión Colectiva.
DIRECCIÓN REVISTA ESPAÑOLA DE CAPITAL RIESGO
Prof. Dr. D. Rafael Marimón
Catedrático de Derecho Mercantil
Universidad de Valencia
Catedrático de Derecho Mercantil
Universidad de Valencia
DIRECCIÓN BOLETÍN DE ACTUALIDAD DEL MERCADO ESPAÑOL DE CAPITAL RIESGO
Sr. D. Miguel Recondo
Instituto de Capital Riesgo (INCARI)
Instituto de Capital Riesgo (INCARI)