Nº 3 / 2012 - julio/septiembre
La valoración de la aplicabilidad de la normativa sobre concentraciones económicas a las operaciones de capital-riesgo.
Rafael Castillo Ionov
Universidad CEU San Pablo
Resumen:
La actividad de las entidades de capital-riesgo consiste en la toma temporal de participación en otras sociedades. En ese sentido habrá que considerar necesariamente que, fruto del ejercicio de la misma, se realicen toda una serie de operaciones de integración económica que podrían estar sujetas a la normativa sobre control de concentraciones.
Palabras claves: capital-riesgo, concentraciones económicas, derecho de la competencia.
DIRECCIÓN REVISTA ESPAÑOLA DE CAPITAL RIESGO
Prof. Dr. D. Rafael Marimón
Catedrático de Derecho Mercantil
Universidad de Valencia
Catedrático de Derecho Mercantil
Universidad de Valencia
DIRECCIÓN BOLETÍN DE ACTUALIDAD DEL MERCADO ESPAÑOL DE CAPITAL RIESGO
Sr. D. Miguel Recondo
Instituto de Capital Riesgo (INCARI)
Instituto de Capital Riesgo (INCARI)